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Foro sobre los Ciclos Formativos de Grado Medio ( SMR ) y Superior ( ASIR, DAI, DAM y DAW ).

convalidacion practicas

Aqui se hablará de la Formación Profesional y los Ciclos formativos.

convalidacion practicas

Notapor fiona el 28 Ene 2012, 17:32

Hola bueno queria saber si alguien me puede ayudar.
Resulta que yo he trabajado en categoria profesional de informatica, en mi centro todo es un desastre y nuestro tutor nos ha dicho q nos busquemos las practicas nosotros que él es nuevo y no encuentra, si como lo leis, increible pero cierto.
Entonces estoy mirando la opcion de convalidar, pero mi empresa se ha lavado las manos y me ha dicho que realice yo el escrito de todo lo que hice cuando trabaje con ellos, sinceramente estoy buscando por internet pensando que encontraria algo pero no encuentro nada. Entonces no se como explicarlo de la mejor forma si alguien tiene idea y me puede ayudar se lo agradeceria. estoy bastante agobiada con el tema!!!
un saludo
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fiona
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Re: convalidacion practicas

Notapor guyfawkes el 28 Ene 2012, 19:14

Para convalidar las practicas te sirve con el contrato y las nominas.

Al menos asi lo hizo un compañero.

Sobre que no te encuentren practicas sinceramente, creo que es denunciable.


Offtopic:
Exención del módulo de FCT
La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, establece, en su artículo 34.2, que el currículo de los ciclos formativos incluirá un módulo de formación práctica en centros de trabajo, del cual podrán quedar total o parcialmente exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales que se deseen cursar.
El Real Decreto 362/2004 de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional específica (BOE de 26 de marzo), contempla, en su artículo 30, la posibilidad de exención del módulo de FCT por su correspondencia con la experiencia laboral indicando que:
– Podrá determinarse la exención total o parcial del módulo de formación en centros de trabajo por su correspondencia con la práctica laboral, siempre que se acredite, al menos, un año de experiencia relacionada con los estudios profesionales que permitan demostrar las capacidades correspondientes a dicho módulo.
La experiencia laboral a que se refiere el apartado anterior se acreditará aportando de manera acumulativa los documentos siguientes:
a) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización), los periodos en alta y el número total de días acreditados, o en su caso, el período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o, de cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
b) Certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios.
De acuerdo con la anterior normativa, el procedimiento a seguir para solicitar dicha exención será el siguiente:
1. El alumnado que, por su experiencia laboral, considere que tiene superados los objetivos, expresados en términos de capacidades terminales, del módulo profesional de formación en centros de trabajo, podrá solicitar su exención al formalizar la matrícula del mismo; no obstante, también podrá solicitarlo fuera del periodo de matrícula, siempre con una antelación de dos meses a la fecha prevista para su realización.
En los ciclos cortos se podrá solicitar la exención del módulo de FCT durante el primer curso del ciclo, siendo efectiva tras la matriculación del módulo de FCT en el segundo curso escolar.
2. A la solicitud se adjuntará la documentación indicada en a) y b) anteriormente indicado debiendo acreditar, en los certificados de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad laboral correspondiente, un periodo mínimo de cotización de 150 días.
3. El profesor-tutor elaborará un informe de cada una de las solicitudes sobre la posibilidad o no de exención, contrastando la documentación presentada con las capacidades terminales a alcanzar en el módulo de FCT, proponiendo en consecuencia, la posibilidad o no de exención y si esta ha de ser total o parcial.
4. Las direcciones de los IES constituirán comisiones de evaluación que, tras el estudio de los expedientes, emitirán resolución individualizada al respecto. Las comisiones estarán presididas por el director/a del IES e integradas por dos profesores de la Familia Profesional correspondiente propuestos por la dirección.
5. Contra la resolución de la dirección del IES, los interesados podrán presentar recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su notificación, ante la Dirección Territorial de Cultura, Educación y Deporte que corresponda; extremo que deberá constar en la resolución.
6. Las resoluciones sobre solicitudes de exención correspondientes al alumnado de los centros privados (con enseñanzas concertadas o no) adscritos al IES, serán comunicadas al correspondiente centro para su traslado a los interesados.
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guyfawkes
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Re: convalidacion practicas

Notapor Lobo14 el 28 Ene 2012, 20:42

Como te dice el amigo guyfawkes, lo de que el tutor os diga que os busquéis vosotros las prácticas, lamentable. Ir a jefatura de estudios o a dirección, o a alguna delegación o donde tengáis que ir. Creo que es obligación del centro buscaros una empresa para realizar las prácticas.

Con respecto a la convalidación de la FCT, creo que tienes que pedir en secretaría un documento que rellenas, y ahí también te dirán que documentos tienes que presentar.

Saludos.
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